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¿Con quién pasan los niños la Semana Santa, tras el divorcio?

on Wed, 04/16/2014 - 10:51

Como hemos comentado en numerosas ocasiones, cada familia es un mundo, y cada convenio regulador, tras el divorcio, puede acordar unos perídos u otros pero, habitualmente, tanto si se determina un régimen de guarda y custodia compartida, como si la custodia es para uno de los progenitores, y el otro ostenta un régimen de visitas, las vacaciones se suelen dividir en partes iguales. Es un punto que puede sorprender, porque parecería que en períodos vacacionales la custodia compartida sea un hecho. La realidad es que los regimenes de visita suelen contemplar dos tardes intersemanales (con o sin pernocta), fines de semana alternos, y mitad de vacaciones de navidad, semana santa y verano.

Tanto las vacaciones de Navidad, como las vacaciones de Semana Santa, como las vacaciones de verano, suelen distribuirse entre ambos progenitores por igual. Hay que tener en cuenta que, cuanto más largo sea el período vacacional (como en el caso de las vacaciones estivales), más combinaciones pueden hacerse. Y no hay que perder de vista que los menores no tienen los mismos días de vacaciones que sus progenitores, algo que en verano es obvio, pero que a veces se olvida en el caso de las vacaciones navideñas o de pascua.

¿Cómo podemos dividir las vacaciones de Semana Santa?

Establezcamos que los menores tienen vacaciones desde el pasado viernes, día 11, hasta el próximo lunes, día 21, ambos incluídos.

Opción 1: La madre estará con los menores desde el día en que terminan el colegio, a la salida del mismo, (día 11 a las 17h), hasta el miércoles, día 16, por la noche, momento en que el padre recogerá a los menores y los tendrá consigo hasta el martes 22, por la mañana, momento en que los dejará en el colegio. De este modo ambos progenitores habrán disfrutado de los menores 5 días completos. (Esta opción puede intercambiar madre por padre, sin problema).

Opción 2: Sería la misma que la opción 1, pero en años alternos. Es decir, los años pares sería la madre la que iniciaría la custodia de los menores, siguiendo el padre; los años impares empezaría el padre y seguiría la madre.

Opción 3: El progenitor que ostente la custodia de los menores el fin de semana de inicio de las vacaciones escolares de Semana Santa será el que disfrute de la primera parte de las mismas.

Como véis, hay múltiples opciones, que permiten a cada familia adaptarse a sus necesidades. El psicólogo forense que emite el informe pericial psicológico, suele hacer recomendaciones en este sentido, para procurar el mejor interés del menor.

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