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Custodia Compartida para una expareja de mujeres lesbianas

on Tue, 12/17/2013 - 09:15

El Tribunal Supremo acaba de crear jurisprudencia con una sentencia en la que reconoce la filiación de una lesbiana que, una vez separada de su mujer en 2009, emprendió una lucha en los tribunales para que la justicia reconociera sus plenos derechos como madre a pesar de no ser la que concibió a sus hijas.

Aunque estas dos tinerfeñas tienen tres hijas, el caso judicial se centró en las dos más pequeñas, nacidas el 14 de diciembre de 2007 por reproducción asistida. Para iniciar este proceso, las dos mujeres firmaron el consentimiento informado en la clínica el 16 de marzo de 2007.
Nada más nacer, las niñas fueron inscritas en el Registro Civil con los apellidos de la madre biológica, y aunque la pareja, que se casó el 3 de agosto de 2007, recurrió para que se rectificara este error y las niñas fueran registradas con los apellidos de ambas, no lo lograron.
Casi dos años después decidieron divorciarse, aunque con la entrada en vigor en 2005 de la Ley del Matrimonio Homosexual, en principio no debían tener problemas para que la filiación fuera reconocida de forma inmediata a las dos. Sin embargo, el error cometido en Registro Civil lo hizo imposible.

Así, tras la ruptura del matrimonio, la madre no biológica no tuvo otro remedio que reclamar la filiación vía judicial, que fue estimada tanto en el Juzgado de Primera Instancia de Santa Cruz de Tenerife como en la Audiencia Provincial debido a la existencia de "voluntad libre y manifestada" por ambas del deseo de ser madres, según informó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en un comunicado.
No obstante, la madre biológica interpuso recurso de casación, desestimado finalmente por el Tribunal Supremo. En la sentencia, el juez analiza la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, una norma que permite la inscripción de la filiación a favor de mujer casada con otra. Además, en la resolución judicial se considera relevante la voluntad de ser madres mostrada por ambas, sin atender, como pretendía la madre biológica, a que esta manifestación se había hecho cuando no estaban casadas en el momento de la inseminación.

El juez considera también que, para una mejor protección de los hijos, la filiación no puede quedar subordinada al requisito formal que establece la ley y que obliga a acudir a las parejas homosexuales al Registro Civil para que quede constancia de que quieren ser madres o padres. Para el juez, basta con que quede acreditado el consentimiento y la voluntad de las partes para concebir un hijo, como en este caso quedó plasmado en la clínica donde se practicó la inseminación.

Además, la sentencia diferencia los distintos principios en los que se apoya el Código Civil y la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida, siendo en esta última la voluntad de las partes y no el origen biológico el principio inspirador que sirve de título para atribuir la filiación. De esta forma, se permite la coexistencia de dos filiaciones a favor de personas del mismo sexo, declarando además que no es necesario impugnar la filiación determinada al no ser contradictoria con la establecida por ley.

La asociación tinerfeña de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales Algarabía celebró ayer esta sentencia, ya que es la primera que otorga a una madre lesbiana no biológica y separada el derecho a la maternidad compartida. Además, esta resolución "abre una vía importante" para las parejas de lesbianas con hijos que se separaron antes de la entrada en vigor en 2005 de la ley de matrimonio homosexual, según explicó ayer Mayte Mederos, responsable del área de Familia de Algarabía. Esta ley, que no tiene carácter retroactivo, dejó a todas esas personas sin una norma a la que agarrarse para luchar por la maternidad compartida.

"Los niños y niñas que están naciendo ahora en matrimonios homosexuales no tienen estos problemas porque la afiliación es automática", informa Mederos. Sin embargo, los nacidos antes de la ley de 2005 que igualó derechos sí se encuentran con problemas de filiación. Por eso, la asociación tiene ahora la esperanza de que todas esas familias rotas antes de 2005 puedan acogerse a la sentencia del Supremo.
No obstante, Algarabía resalta que todavía quedan derechos por conseguir. Entre ellos, que las parejas no tengan la obligación de casarse para lograr la filiación, sino que con ser parejas de hecho baste para tener los mismos derechos que los heterosexuales.

Asimismo, la asociación reivindica la normalización dentro de la sociedad de las familias lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales. Y para lograrlo, ha emprendido varios proyectos, entre los que destacan la Red Educa, que se desarrolla a nivel estatal, y Diversidades en Construcción, que lleva a cabo con la Consejería del Gobierno de Canarias. "En este sentido vamos muy por delante del resto de España, ya que la Consejería está garantizando que en todos los centros educativos haya una persona que salvaguarde los derechos a una educación diversa".

Fuente: http://www.laopinion.es/sociedad/2013/12/17/supremo-otorga-expareja-lesb...

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