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¿Es necesario que los progenitores se lleven bien para que se otorgue una custodia compartida?

on Sun, 08/02/2015 - 11:49

Esta es una pregunta recurrente entre los progenitores que acuden a solicitar un informe pericial psicológico, cuando están inmersos en un proceso de divorcio contencioso.

"Me han comentado que uno de los requisitos para que me den la custodia compartida es que no haya conflictos con mi ex, ¿es eso cierto?"

La respuesta suele ser un "sí, pero no". Es cierto que, entre los criterios que se tienen en cuenta a la hora de decidir si se atribuye una guarda compartida de los menores, se encuentra, entre otros, la actitud de cada uno de los progenitores para cooperar con el otro, con el objetivo de asegurar la máxima estabilidad a los hijos, especialmente para garantizar adecuadamente las relaciones de estos con ambos progenitores.

No obstante, eso no significa que la pareja deban ser amigos, o que no pueda haber discrepancias. De hecho, si no hubiera disputas probablemente no se habría llegado a un divorcio contencioso o incluso no se habría producido el divorcio. Pretender, pues, que no existan conflictos, es una utopía.

En este sentido, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de Madrid sentenciaba este año que "para la adopción del sistema de custodia compartida no se exige un acuerdo sin fisuras, sino una actitud razonable y eficiente en orden al desarrollo del menor, así como unas habilidades para el diálogo que entiende existe en los ahora litigantes, sin que las discrepancias por el colegio del menor y sus consecuencias económicas supongan una divergencia razonable que impida adoptar la custodia compartida."

 

Fuente: http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1143444

 

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