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Custodia Compartida en beneficio de los menores

on Mon, 01/21/2013 - 12:22

Celebramos leer noticias como ésta, en la que se otorga una custodia compartida en beneficio de los menores. No por criterios económicos, no por criterios de sexo del progenitor custodio, sino basándose en dos aspectos fundamentales:

a. Que ambos progenitores son aptos para la crianza de sus hijos, por lo que no hay ningún impedimento para la custodia.

b. La mejor medida para que los menores mantengan una adecuada relación con ambos progenitores, que favorecerá su adecuado desarrollo afectivo, personal y educativo.

Esta sentencia ha sido dictada en base a un informe psicológico pericial presentado a la causa. Esperemos que este caso sirva de ejemplo para otros.

La Audiencia Provincial de Murcia ha acordado declarar la custodia compartida de los dos hijos de un matrimonio divorciado para que los menores "no se vean afectados por la ruptura de sus progenitores".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que esta es la solución más adecuada, teniendo en cuenta, entre otras circunstancias, que los niños, según el informe psicológico aportada a la causa, "han evidenciado una vinculación con la figura paterna".

Asimismo, tiene en cuenta que aunque se pueda considerar que la madre reúne mejores condiciones para la custodia que el padre, éste tampoco presenta aspectos que lo hagan inadecuado para asumir esa función.

"Ambos progenitores -dice la Sala- han acreditado una adecuada capacidad, aptitud e implicación en la crianza de sus hijos", por lo que, teniendo en cuenta, además, que los derechos y el interés de los menores han de prevalecer sobre los que pudieran entenderse como derechos parentales, se considera conveniente la custodia compartida.

El tribunal señala también que esta solución "posibilitará una adecuada relación con ambos, que, a su vez, redundará en su más adecuado desarrollo afectivos, personal y educativo".

La Audiencia estima así en parte el recurso que el padre presentó contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Cartagena, que en su resolución de febrero pasado asignó la guarda y custodia de los niños a la madre.

Fuente: http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1333770

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