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Compartir la custodia por imposición, no gracias

on Tue, 04/30/2013 - 21:01

Hoy comparto en el blog un artículo de Rosa Peñalver sobre la forma en que debe, según ella, aplicarse la custodia compartida.

Si bien nos alegramos que se tenga en cuenta la figura de los psicólogos en la toma de decisión, que comunmente se olvida, introduciríamos unos matices en el artículo de opinión.

Custodia Compartida impuesta, no. Estamos de acuerdo. Casi todos los psicólogos forenses coincidimos en que no puede legislarse de forma general en un asunto como éste, porque cada familia es un mundo, y debe atenderse a las particularidades de esa familia para determinar el régimen de custodia que vaya a ser más beneficioso para el menor. Ahora, y aquí es donde discrepamos, si uno de los criterios que utilizamos para decidir sobre la Custodia Compartida es que ambos progenitores estén de acuerdo, nos encontramos con un problema.

Si yo no quiero, por el motivo que sea, compartir la custodia de mi hijo, aunque sea lo mejor según psicólogos forenses, educadores, etc., voy a decir que no estoy de acuerdo, y hasta aquí llegó la propuesta. Estamos dando la posibilidad de vetar la custodia compartida a uno de los progenitores, y ese punto no debería ser determinante. Sobre todo, cuando en la decisión del tipo de custodia se ven mezclados temas económicos.

Así pues, creemos que se deberían de tener en cuenta aspectos relacionados con la aptitud parental, la disponibilidad horaria, la red social, la implicación, el vínculo, la salud ... y, obviamente, no obligar a uno de los progenitores a asumir una custodia compartida si no se ve capaz, pero nunca dar el poder de veto a los progenitores, teniendo como base el acuerdo entre progenitores.

Hemos escuchado en distintos medios a la diputada del PP, señora Tomás, decir que en Murcia se va a aprobar una ley para que la custodia de los hijos en caso de divorcio sea compartida por ambos progenitores de forma generalizada; según ella se trata de una promesa electoral del PP.
El Partido Socialista estará siempre con el interés superior de los menores y, por tanto, no apoyará la custodia compartida de manera generalizada; custodia compartida, sí, pero cuando ambos progenitores estén de acuerdo; si no es así, entendemos que son los jueces quienes deben decidir (previo informe de psicólogos, trabajadores sociales y especialistasÉ) qué es lo mejor para los hijos e hijas.
Plantear este tema, que no depende de la legislación autonómica sino estatal, que está regulado por ley en el Código Civil desde 2005, supone entrar en un falso debate sobre la igualdad y en maniobras de distracción de la ciudadanía de los graves y urgentes problemas de paro, desahucios, desatención de dependientes, recortes educativos y un largo etcétera que tiene esta Comunidad.
¿Y por qué entendemos que es necesario un acuerdo entre los progenitores para la custodia compartida? Sencillamente porque la custodia compartida impuesta de manera general y sin acuerdo de los dos progenitores puede provocar situaciones conflictivas que no benefician a los menores aunque satisfaga los deseos de algunos adultos.
¿Qué pasará cuando uno de los progenitores sea un maltratador, condenado judicialmente o no?
¿Qué pasará cuando los progenitores tengan unos ingresos reducidos que les impidan mantener dos casas y duplicar todo aquello que necesitan para sostener a sus hijos e hijas?
¿Qué pasa cuando los horarios laborales de uno de los progenitores no le permitan conciliar la vida laboral y profesional para atender debidamente a los menores?
Imponer la custodia de manera generalizada perjudica a hijos e hijas y cuesta imaginarla entre progenitores que no sean capaces de ponerse de acuerdo, que ni se hablen y sólo en los tribunales sean capaces de resolver sus diferencias; por el contrario, es fácil imaginar cuando no hay un clima de conflicto entre los adultos, cuando el régimen de convivencia alterna con los dos progenitores proporciona seguridad, tranquilidad y bienestar al menor, situación ésta que requiere buena comunicación entre los progenitores (..).

Fuente: http://www.laopiniondemurcia.es/opinion/2013/04/27/compartir-custodia-im...

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