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Colegios y Custodia Compartida

on Mon, 03/04/2013 - 17:53

La Administración da un paso más en la mediación entre los colegios y las familias. Concretamente, la Conselleria de Educación ultima un protocolo de actuación que regulará las relaciones de los centros educativos con los padres separados o divorciados para evitar los conflictos entre los progenitores y los colegios donde escolarizan a sus hijos.

La consellera del ramo, María José Català, anunció ayer esta medida, que será consensuada con las principales asociaciones de padres con custodia compartida. La medida, según Català, dará respuesta a las peticiones de las principales asociaciones que promueven la custodia compartida en la Comunitat Valenciana, con las que la Conselleria ha mantenido diversos encuentros.

La actuación también responde al hecho de que se han detectado en centros escolares situaciones conflictivas debido a la divergencia de intereses entre los padres y madres de los alumnos.

«El protocolo trata, por lo tanto, de aclarar cómo deben actuar los centros teniendo en cuenta los derechos y deberes que asisten a los progenitores en función de si tienen la patria potestad o la guarda y custodia».

El documento permitirá especificar cómo debe actuar el centro ante aspectos como la competencia en la elección del colegio donde escolarizar a los alumnos, la recogida de los menores a la salida del centro o el derecho a la información cotidiana de la madre o del padre separado que no convive con el hijo.

Como primer apartado, el protocolo requerirá ante situaciones de conflicto que los centros soliciten a los padres y madres en esta situación la sentencia judicial, o convenio regulador provisional, en su caso, o ya ratificado por el juez, en el que se recoja las medidas adoptadas en cuanto a la guarda y custodia, patria potestad y régimen de visitas.

En caso de separación, nulidad o divorcio, es la sentencia judicial, o el convenio regulador, el que establece a cuál de los cónyuges atribuye la guarda y custodia, o si ésta la establece de forma compartida, fijando en la gran mayoría de los casos el ejercicio conjunto de la patria potestad, y el régimen de visitas o de convivencia con el otro progenitor.

Además de especificar la necesidad de aclarar qué progenitor posee la patria potestad, el protocolo contemplará las medidas que el centro debe poner en marcha en sus relaciones familiares, atendiendo a los cuatro ámbitos mencionados: elección del centro, recogida de los alumnos menores, derecho a la información y participación de los padres en el centro.

Fuente: http://www.larazon.es/detalle_normal/noticias/1324065/local+comunidad-va...

http://www.lasprovincias.es/v/20130303/comunitat/educacion-regulara-rela...

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